Afiliación
Para gozar de los beneficios del Sindicato, las trabajadoras o los trabajadores, deberán estar en relación de dependencia dados de alta correctamente en el sistema, es decir que deben estar registrados.
Los descuentos por Aporte Solidario o Cuota Sindical son del 1.80 % del mínimo garantizado y tienen carácter obligatorio.
Para activar la afiliación, es fundamental que la empresa donde presta sus servicios el interesado este EMPADRONADA en el Sindicato.
Obra Social
La obra social gremial es O.S.P.P.E.A, Obra Social del Personal de Peluquerias Estéticas y afines, y su código es 1-1470-3
Al igual que la afiliación al Sindicato, para gozar de los prestadores que ofrece la obra social el interesado deberá activar la afiliación. Para dar curso a la afiliación deberá presentarse ante el sindicato con la siguiente documentación:
BENEFICIOS DEL SINDICATO DE PELUQUEROS
PARA GOZAR DE LOS BENEFICIOS LA TRABAJADORA O EL TRABAJADOR DEBEN CONTAR CON LA FICHA DE AFILIACION ADEMAS DE TENER SUS APORTES AL DIA
- Beneficio escolar
- Beneficio día del niño
- Beneficio navideño
- Beneficio por nacimiento
- Beneficio por matrimonio
- Ayuda económica por fallecimiento
- Beneficio mensual para hijos con discapacidad
- Asesoramiento legal
- Asesoramiento gremial
- Asesoramiento contable
- Asesoramiento ante el trabajo no registrado
- Asesoramiento y seguimiento para afiliación a la obra social
DIA DEL PELUQUERO
Se establece como feriado de descanso obligatorio y remunerado el día 25 de agosto de cada año por ser el día del trabajador del gremio, el que será abonado como día feriado adicional e independiente a los que estipula el calendario. Se liquidará en base a la remuneración bruta total por todo concepto percibida por el trabajador por el mes anterior y su pago se hará en forma adicional e independiente de los rubros habituales y normales que integre la remuneración del trabajador.